Nuestro profesional médico trató a la parte lesionada durante meses antes del examen médico independiente (IME). Tras denegarse la cobertura de los servicios, nuestro profesional continuó con el tratamiento, al no estar de acuerdo con las conclusiones del IME. En el arbitraje, señalamos que las notas SOAP de nuestro cliente revelaban quejas subjetivas continuadas y pruebas objetivas, como una disminución de la amplitud de movimiento cervical y lumbar, pruebas ortopédicas positivas y espasmos musculares.
Las notas SOAP documentaban pruebas suficientes de que la parte lesionada seguía padeciendo molestias en la columna cervical y lumbar tras el IME, así como hallazgos subjetivos positivos. Tras la revisión del árbitro, se determinó que el tratamiento posterior al IME era médicamente necesario.
Resultado: Se concedió a nuestro proveedor el importe total del tratamiento posterior al IME.